viernes, 1 de abril de 2011

Nuevo reglamento de ICT: Habilitador del Hogar Digital


¿En qué consiste este "Reglamento"?

España fue pionera en la reglamentación de las infraestructuras mínimas que debían incorporar las edificaciones para garantizar el acceso de todos los ciudadanos a la Sociedad de la Información en condiciones que facilitaran la competencia entre operadores.
Desde 1998 disponemos de una normativa legal que regula estas instalaciones. La normativa recientemente adoptada es una puesta al día que apuesta por desarrollar el concepto de "Hogar Digital", algo que antes o después se va a ir imponiendo, una realidad necesaria para el acceso a la información, a los nuevos servicios digitales y a permitir mejorar la eficiencia energética de nuestros hogares a través del control y de la aplicación de las tecnologías de la automatización.

"A los efectos del presente reglamento, se entiende por «hogar digital» como el lugar donde las necesidades de sus habitantes, en materia de seguridad y control, comunicaciones, ocio y confort, integración medioambiental y accesibilidad, son atendidas mediante la convergencia de servicios, infraestructuras y equipamientos."

El Reglamento establece un marco de mínimos, los Ingenieros de Telecomunicación somos responsables de aportar creatividad y valor a la Sociedad para que reconozca su importancia real.

Desde estas páginas queremos dar la enhorabuena a todos los que han colaborado en la elaboración de este Reglamento.